Violencia en línea contra las mujeres

Publicado originalmente el 15 de junio de 2020 en La Segunda

El movimiento feminista, junto a distintas organizaciones internacionales, ha denunciado una agudización de la violencia contra las mujeres en el contexto de la pandemia. De acuerdo a la información disponible, a partir de marzo, las denuncias por violencia intrafamiliar en Carabineros y Fiscalía bajaron un 14 y 20% respecto al 2019. Sin embargo, los llamados a líneas de emergencia como el 149 o el 1455 han aumentado 20 y 70%, respectivamente, en el mismo periodo.

El entorno digital no está ajeno a este fenómeno. A medida que aumenta nuestra dependencia en los servicios digitales, un porcentaje cada vez mayor de nuestras interacciones sociales se realizan virtualmente. El ciberespacio se transforma, de esta forma, en un lugar donde se materializan distintos tipos de violencia contra las mujeres, entre ellas:  ataques verbales, acoso y hostigamiento, así como la suplantación de identidad y la publicación de información personal en internet (doxing).

Una de estas formas de violencia es la difusión no consentida de material íntimo, o pornografía no consentida. Una de las principales dificultades que enfrentan las víctimas, de esta forma de violencia de género, es que nuestro Código Penal sanciona a quienes, sin autorización, captan, interceptan, graban comunicaciones privadas. Sin embargo, en la mayoría de estos casos, el material íntimo o sexual es producido con el consentimiento de la víctima, por ejemplo, al interior de una relación de pareja, y luego son compartidas y puestas a disposición de terceros sin autorización de la persona afectada. Muchas veces esta exposición es realizada con la intención de exponer, humillar o extorsionar a la víctima.

El proyecto de Ley Pack, liderado por un grupo transversal de parlamentarias, es un primer paso en la materia y su aprobación puede convertirse en el puntapié inicial para un debate más profundo. Sin embargo, la violencia de género en línea tiene como correlato un modelo de relaciones sociales que no considera la autodeterminación de las mujeres como un valor intransable. Por ello, la modificación de nuestro sistema legal es un paso necesario, pero no suficiente para transformar el ciberespacio en un lugar seguro para las mujeres.

Propiedad intelectual e interés público

Publicada originalmente en La Segunda el 1 de junio de 2020

El ministro Mañalich anunció que está evaluando la posibilidad de expropiar la patente de un laboratorio para facilitar la fabricación de insumos relacionados a la pandemia. Es un interesante debate, que tendremos que revisitar cuando la primera vacuna contra el COVID-19 vea la luz.

Desde su concepción en el siglo XVIII, la propiedad intelectual fue pensada como un contrato social en donde la comunidad entrega un monopolio de explotación a un individuo, con el objetivo de que esta concesión genere un incentivo para la creatividad y la innovación. En otras palabras, la protección de las creaciones intelectuales no es un fin en sí mismo, sino que está supeditada a que esta promueva el florecimiento de un dominio público robusto y vibrante, que a futuro pueda ser aprovechado sin restricciones. 

En el área farmacéutica, por otro lado, existen importantes aspectos éticos a tener en consideración. Imaginemos que un laboratorio gana la carrera para crear una vacuna contra el COVID-19 y la patenta. Ese laboratorio podría impedir que otros produzcan ese medicamento esencial y cobrar precios monopólicos por un período de 20 años.

Algo así sucedió durante los años 90. El precio del primer tratamiento para el VIH/SIDA era tan alto, que resultó inaccesible para los sistemas de salud de los países con menos recursos. La respuesta de la comunidad internacional se plasmó en la Declaración de DOHA, que reafirma la capacidad de los países para extender patentes obligatorias con el fin de asegurar la producción de medicamentos esenciales. 

Las patentes obligatorias, no constituyen, en estricto rigor, una expropiación. Más bien, establecen que bajo ciertas circunstancias excepcionales, incluyendo las crisis sanitarias, el producto protegido podrá producirse sin la autorización de su titular, quien deberá ser compensando por el uso de su patente. 

Actualmente, esta figura se encuentra recogida en nuestra legislación, y es probable que inmunizar a la población contra el COVID-19 implique un gasto presupuestario excesivo y desproporcionado. Al respecto, resulta conveniente estudiar la resolución adoptada por Cámara de Diputados el pasado 17 de marzo, reforzando la necesidad de hacer uso de esta herramienta para racionalizar el uso de recursos y superar la pandemia. 

Suelten los datos

Publicada el 29 de abril de 2020 en La Segunda

Con justa razón, la comunidad científica ha reclamado mayor transparencia y acceso a los datos relativos al COVID-19, pero en esta materia es importante hacer algunas distinciones y dejar de hablar de “datos” a secas.

Por un lado, tenemos los datos estadísticos o disociados: cantidad de infectados, recuperados, tasa de transmisión, etc. Esta información no refiere a individuos específicos, sino que a la población y su acceso es esencial para poder generar modelos predictivos, flujos de congestión y, en general, tomar decisiones basadas en evidencia. Su puesta a disposición de forma desagregada y anonimizada no sólo facilita la labor de los expertos, sino que hace más transparente la actuación estatal, ayuda a despejar suspicacias y evitar la emergencia de teorías conspirativas. 

Por otro, tenemos los datos de carácter personal, tales como la identidad de los contagiados, su domicilio y el contenido de su ficha clínica. El manejo excepcional de esta información es importante, por ejemplo, para controlar el cumplimiento de la cuarentena. Pero, al tratarse de datos altamente sensibles, quienes pueden acceder y procesar estos datos debe estar estrictamente restringido. 

Algunos parlamentarios pretenden entregar acceso a la identidad y domicilio de los contagiados a los alcaldes, para facilitar la fiscalización de la cuarentena. Como siempre, el camino al infierno está pavimentado de buenas intenciones, y la verdad es que los municipios no cuentan con la capacidad de resguardar y manejar con reserva información así de sensible. Sólo la semana pasada fuimos testigos de cómo la casa de una familia en Vallenar fue apedreada por haber salido a la luz que eran COVID-19 positivos.

Incluso algunos gobiernos pretenden hacerse de la geolocalización de las personas sujetas a cuarentena a través de la información en manos de las compañías de telecomunicaciones. Esta propuesta debe ser rechazada de plano, puesto que la ubicación calculada a través de triangulación de antenas simplemente no es lo suficientemente precisa y la cantidad de falsos positivos generaría más problemas que beneficios. 

En definitiva, podemos discutir limitar parte de nuestra privacidad para combatir el COVID-19, pero para ello la solución propuesta primero debe demostrar ser efectiva.

Aula virtual: un experimento forzado

Publicada el 14 de abril de 2020 en La Segunda

La pandemia tiene al mundo sumido en un experimento forzado sobre la viabilidad de la educación a distancia. En general, las instituciones educativas han sido reacias a adaptarse, operando bajo el supuesto que aula virtual es simplemente un aula presencial, pero por internet.

Así, han insistido tozudamente en que las clases se realicen de forma sincrónica. Sin embargo, la dificultad para interactuar con el docente y las distracciones de estar frente a un computador disminuyen, aún más, la capacidad de los estudiantes para concentrarse por largos períodos de tiempo. Por otro lado, no todos los hogares tienen más de un computador. Si uno de los padres debe teletrabajar, los miembros del hogar que deben asistir a clases quedan privados de un dispositivo.

Resultaría más adecuado que los docentes graben breves cápsulas, dividiendo sus clases en tres o cuatro secciones y las suban a plataformas que optimicen los recursos para su acceso. Luego, se puede generar una breve sesión para discutir las dudas de los estudiantes, o utilizar mecanismos de comunicación diferida, como foros de discusión.

En cuanto a las evaluaciones, muchos docentes han pretendido -ya sea por comodidad o sobrecarga de trabajo- mantener la utilización de pruebas de verdadero y falso, alternativas o preguntas cortas de mero conocimiento. Para combatir la posibilidad de plagio, se ha recurrido a ideas ridículas, como obligar a los estudiantes a rendir sus evaluaciones con la cámara web encendida o rastrear su dirección IP. 

En realidad, es imposible evitar que los estudiantes hagan trampa a distancia. Un cambio en la forma de realizar la labor docente necesariamente debe ir acompañada de un cambio en la metodología de evaluación. En otras palabras, se debe medir el rendimiento de los estudiantes a través de evaluaciones en donde sea irrelevante si estos tienen acceso a sus apuntes, internet o a discutir con sus compañeros. 

A la larga, esto último resultará positivo, ya que puede ayudarnos a dejar atrás el anticuado paradigma de simplemente medir la capacidad de memorizar, y comenzar a evaluar a los estudiantes por su capacidad de análisis, síntesis y de aplicar lo aprendido. 

Los costos de la brecha digital

Publicado originalmente el 26 de marzo de 2020 en La Segunda

La emergencia sanitaria y la solidaridad social nos ha obligado a realizar a distancia todas aquellas actividades que, por su naturaleza, no requieren ser ejecutadas presencialmente. Un verdadero reto para nuestro sistema educativo y para los distintos sectores productivos.

Esto ha servido para recordarnos que quienes realmente mantienen a la sociedad funcionando, son quienes cumplen labores que solemos denominar de forma peyorativa “trabajo no calificado”. Pero también ha servido para caer en cuenta del profundo impacto que produce la brecha digital en el acceso a internet en momentos de crisis.

Quienes nos dedicamos a la docencia, hemos sido testigos directos de cómo muchos estudiantes universitarios simplemente no tienen acceso a una conexión que les permita acceder a clases virtuales. Es de esperar que la situación sea más dramática en colegios públicos y subvencionados.

En la última década, Chile ha experimentado un explosivo aumento en la penetración de internet en los hogares. De acuerdo a cifras de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, el 87,4% de los hogares cuenta con algún tipo de conectividad; sin embargo, al desmenuzar las cifras, es posible constatar que del total de conexiones, el 84,8% corresponde a internet móvil. Datos del 2019, muestran que aproximadamente un 38% del total hogares no cuenta con acceso a banda ancha, de los cuales casi un 80% corresponden a sectores rurales. Al mismo tiempo, existen 110 comunas en donde la internet fija sólo alcanza un 5%.

Cargarle 5.000 pesos a un teléfono de prepago de gama media, para poder hacer uso de planes que ofrecen redes sociales y WhatsApp gratis es, en estricto rigor, tener acceso a internet. Pero no es una situación que permita aprovechar el verdadero potencial de la red: buscar trabajo, emprender, investigar, acceder a servicios estatales y ser partícipes de los avances de la ciencia y la cultura.

El proceso constitucional representa una oportunidad, no sólo para declarar el acceso a internet como un servicio básico o esencial (como la luz, agua, alcantarillado y gas), sino que transformar el acceso a una conexión de calidad en un derecho fundamental.

Fake news y proceso constituyente

Publicado el 06 de marzo de 2020 en La Segunda

La discusión sobre el efecto de la desinformación o fake news en las elecciones ha estado dominada por el alarmismo. A partir del caso Cambridge Analytica se ha instalado que el perfilamiento y la propaganda digital dirigida son capaces de manipular y determinar el resultado de una elección. Esta narrativa ha generado el temor que este tipo de campañas afecten el resultado de nuestro proceso constituyente.

Sin embargo, la investigación publicada a partir de la última elección estadounidense da cuenta de un panorama distinto. El problema de responsabilizar a las campañas de desinformación de los resultados electorales es que pasa por asumir que los principios que gobiernan la propaganda política son los mismos que aplican al marketing comercial.

En realidad ambas esferas responden a lógicas muy distintas. El marketing descansa en la existencia de asimetrías de información (nadie puede estudiar todos los productos que adquiere) y un consumo periódico de los mismos (si se elige mal, la próxima vez se compra otro producto). En cambio, en política los individuos sólo pueden decidir cada cuatro años, y han tenido toda su vida para tener claro qué representa cada sector del espectro político. En otras palabras, tiene sentido bombardear a un consumidor con una marca de lavaloza porque es probable que al encontrarse frente al anaquel compre el que más “le suena”, pero es particularmente difícil lograr que alguien que ha votado tradicionalmente por un sector político cambie su voto.

Por ello, la evidencia muestra que el efecto de las campañas digitales sobre las elecciones es muy bajo o nulo ¿Significa esto que la circulación de información falsa o de mala calidad es inocua? Para nada. El efecto no necesariamente consiste en la capacidad de determinar el resultado de una votación, sino en el potencial para distorsionar las reglas del intercambio honesto de posturas e impedir que exista una sana discusión pública.

Entregar a la población las herramientas que les permitan a los individuos diferenciar el contenido producido por fuentes confiables respecto de la información de mala calidad o generada con una intención dolosa será clave para enfrentar este desafío. 

La casa de vidrio

Publicado el 21 de febrero de 2020 en La Segunda

La reforma y modernización del sistema de notarios y conservadores es un demanda sentida por la ciudadanía, así como un consenso entre los expertos en el área. Sin embargo, en los términos en que está planteado actualmente, el proyecto que busca esta modernización generará un efecto similar a la publicación del padrón electoral y los datos de los chilenos por parte del SERVEL.

El proyecto pretende hacer disponible en internet un volumen enorme de información personal sensible, un paraíso para bancos y aseguradoras, pero también para actores ilegítimos que busquen perfilar a las personas, generar listas negras o discriminarlas en su acceso al trabajo, el crédito y otras prestaciones.

Será el registro civil quien mantenga un registro virtual abierto, con todas las escrituras públicas e inscripciones registrales. Más allá que resulta dudoso que este organismos cuente con la capacidad técnica para administrar este registro, los documentos que se harán disponibles en línea incluyen aquellos que contienen información delicada, como testamentos, interdicciones, embargos, reconocimiento de hijos, acuerdo completo y suficiente (cuidado común de hijos), finiquitos laborales, quiebras, etc. En otras palabras, muchísimos elementos de la vida económica, social y personal de la población.

Por supuesto que existen materias en donde la publicidad será un valor que debe anteponerse a la privacidad, como ocurre con el tráfico económico de la tierra. Pero operar bajo un criterio de tabula rasa y subir todo a internet sin distinción es un error que traerá gravísimas consecuencias a los derechos de las personas. 

En esta materia, vale la pena revisar la experiencia comparada. En Europa, para acceder a este tipo de registros públicos, la persona debe probar su calidad de ¨interesado¨. Es decir, el fundamento que justifica su acceso a los documentos.

Le corresponde al legislador distinguir qué documentos deben estar disponibles públicamente (ojalá disociados de la identidad de sus titulares), cuales deben estar disponibles a quienes demuestren la calidad de interesados y cuales sólo deben ser accedidos por quienes lo suscriben. Lo contrario, significa condenar a todos los chilenos a vivir en una verdadera casa de vidrio. 

Infraestructura crítica y ciberseguridad

Publicado el 4 de febrero en La Segunda

La Cámara de Diputados deberá discutir el proyecto de ley que permite al presidente ordenar a las Fuerzas Armadas resguardas ciertas infraestructuras críticas, sin la necesidad de decretar estado de excepción. Más allá de las consideraciones constitucionales, políticas y simbólicas, esto tiene una serie de consecuencias en materia de ciberseguridad. 

Desde la dictación de la Política Nacional de Ciberseguridad, la identificación, priorización y el establecimiento de resguardos especiales a las infraestructuras críticas relacionadas con el ciberespacio ha sido una prioridad de política pública y una aspiración transversal de los distintos actores que son parte del ecosistema digital.

El proyecto del ejecutivo echa por tierra esa expectativa, al establecer una definición excesivamente amplia de infraestructura crítica. Se entrega, de esta forma, al presidente de turno la facultad discrecional y carente de todo control para hacerse no sólo de los inmuebles que se busca proteger, sino también de sus equipos, sistemas y componentes.

Como bien ha señalado Daniel Álvarez, esto es inaceptable en términos de ciberseguridad, porque abre la puerta para que el poder político tome el control de cualquier red informática privada o de otro poder del estado, a través de un simple decreto. ¿Estarán dispuestas empresas como Google, Microsoft o Apple a invertir en Chile como polo de desarrollo digital si saben que sus redes, procesos tecnológicos y equipos pueden ser ocupados por el gobierno de turno por simple decreto?

Internet se ha convertido en la fuerza transformadora que modeló la entrada al siglo XXI justamente porque su esquema de gobernanza es multisectorial. Instituciones académicas, organismos internacionales, gobiernos, empresas y sociedad civil comparten distintos roles y responsabilidades, sin que ningún sector se pueda arrogar la capacidad de monopolizar la red de redes.

Avanzar hacia una identificación y resguardo de la infraestructura crítica -especialmente en materia digital- requiere de un debate ponderado, técnico y basado en la evidencia. Eso implica una aproximación desde la gestión de riesgos, estableciendo los controles y garantías que permitan enfrentar de forma conjunta los distintos riesgos y amenazas en el ciberespacio. Para ello se requiere fortalecer la cooperación entre distintos actores, no entregar atribuciones peligrosas y arbitrarias al poder estatal.

Contra la vigilancia masiva: Hasta que la dignidad se haga costumbre

Publicado el 31 de enero en Derechos Digitales

Mientras que en mayo del año pasado la ciudad de San Francisco (cuna de este tipo de tecnologías) prohibió la utilización de tecnología de reconocimiento facial en espacios públicos, la Unión Europea pondera seguir este camino o al menos implementar una moratoria de cinco años a la utilización de estos mecanismos en espacios públicos; en Chile se ha anunciado por Mercado Público una licitación para la compra de equipamientos para un “Sistema de Teleprotección Nacional” por más de 14 mil millones de pesos que incluye tecnología de reconocimiento facial. Este sistema forma parte del programa “Calle Segura”, la iniciativa más ambiciosa para aumentar de capacidad de vigilancia del Estado desde la vuelta a la democracia. 

Continue reading “Contra la vigilancia masiva: Hasta que la dignidad se haga costumbre”